Protección del Trabajador: Actos contra el Honor y Dignidad en el Ámbito Laboral según la Resolución 4-2024 de SUNAFIL

 


En el ámbito laboral, la protección del honor y dignidad del trabajador es un tema de suma importancia. Recientemente, la Resolución 4-2024, publicada el 26 de mayo, ha aportado una mayor claridad sobre los actos que constituyen hostigamiento laboral, específicamente cuando no se asigna una labor efectiva al empleado.


¿Qué dice la Resolución 4-2024?


La nueva resolución establece que no asignar labores efectivas al trabajador puede ser considerado un acto contra su honor y dignidad. Esto significa que si un empleado no recibe las funciones estipuladas en su contrato, puede interpretarse como un intento de hostigamiento laboral.


¿Cómo proceder si eres víctima de esta situación?

    Recopila Evidencia: Documenta todas las situaciones donde no se te asignaron labores efectivas. Guarda correos electrónicos, comunicados internos y cualquier prueba que respalde tu caso.

    Revisa tu Contrato: Asegúrate de que las funciones que no se te están asignando están claramente especificadas en tu contrato de trabajo.

    Denuncia ante SUNAFIL: Presenta tu caso ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL). Según la Resolución 4-2024, ellos están al tanto de estas situaciones y podrán asistirte adecuadamente.

    Acción Judicial: Si decides proceder judicialmente, ten en cuenta que a nivel judicial ya se consideraba que no asignar funciones es un acto de hostigamiento laboral. Esto te dará un respaldo sólido en tu demanda.


La Resolución 4-2024 de SUNAFIL refuerza la protección del trabajador contra actos que atenten contra su honor y dignidad. Es fundamental que los empleados conozcan sus derechos y las vías de acción disponibles para defenderlos. Mantente informado sobre estos temas para proteger tu integridad laboral.


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